La práctica
ilegal de incluir la propina de manera automática en la cuenta final de los
restaurantes se ha convertido en una batalla frontal entre la legislación de
protección al consumidor y las malas mañas de algunos empresarios del ramo
gastronómico.
La normativa mexicana es contundente: la propina es una gratificación estrictamente voluntaria y carece de validez jurídica cualquier intento de exigirla como un pago obligatorio.
Los establecimientos que la cobren de forma automática pueden recibir multas de hasta más de 4 millones de pesos, y en casos de infracciones acumuladas, la sanción puede superar los 12 millones de pesos, además de la suspensión temporal o clausura definitiva del local en casos de reincidencia persistente.
El precepto establece que los
proveedores “no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y
desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento
de productos o servicios”.
Esta
prohibición busca salvaguardar el bolsillo del comensal frente a abusos
recurrentes, especialmente en las zonas de alta afluencia turística de Los
Cabos, La Paz y Loreto, donde los meseros o gerentes se aprovechan del
desconocimiento de los visitantes extranjeros para inflar las facturas de
consumo.
Por otra
parte, la imposición forzada de este concepto suele enmascarar un problema
estructural subyacente: los bajos salarios que los dueños de los restaurantes
pagan a su personal operativo, pretendiendo que sean los clientes quienes
financien los ingresos dignos de sus empleados a través de las gratificaciones.
Los consumidores
deben ejercer su derecho de denuncia inmediata ante las autoridades fiscales y
de protección comercial si detectan que el cobro ha sido pre-cargado en su
ticket.
La calidad
del servicio se debe ganar en la mesa con atención y cortesía, no mediante la
extorsión silenciosa en el cobro final de la cuenta.
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