IFT PRESENTA CONTROVERSIA CONTRA EL PADRÓN DE TELEFONÍA MÓVIL

 

 


El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó presentar una controversia constitucional en contra de diversas disposiciones contenidas en el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

La reforma establece que el IFT se encargará de instalar, operar, regular y mantener un Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) con cargo a su presupuesto, y realizará las acciones necesarias para solicitar a los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, a los autorizados, la cancelación en forma inmediata de aquellas líneas de telefonía móvil que no hayan sido identificadas o registradas por los usuarios o clientes.

A través de un comunicado, el IFT explicó que el Instituto es un órgano autónomo, con personalidad jurídica, patrimonio propio y con la facultad de ejercer su presupuesto de forma autónoma, “por lo que la Cámara de Diputados le garantizará la suficiencia presupuestal a fin de permitirle el ejercicio eficaz y oportuno de sus competencias”.

En este sentido, el IFT aseguró que no podría destinar en este momento recursos al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, “por lo que el Pleno consideró que no existe justificación para que el IFT deba realizar las acciones necesarias para que las erogaciones que se generen con motivo de instalar, operar, regular y mantener dicho Padrón “.

Añadió que, como cada año, el IFT llevó a cabo la presupuestación de los recursos que consideró necesarios para realizar sus funciones, y que el presupuesto asignado para el presente ejercicio fiscal es de mil 510 millones de pesos, el cual, una vez que es aprobado por la Cámara de Diputados, se calendariza a efecto de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) programe las ministraciones mensuales.

Explicó que el IFT, durante el ejercicio fiscal, puede realizar adecuaciones, reasignaciones, reducciones y ampliaciones a sus partidas y programa de gasto, siempre que no se ponga en riesgo el cumplimiento de sus metas y objetivos y se informe de ello a la SHCP.

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