IMSS recorta Modalidad 40 y frena pensiones altas


A partir de mañana, 22 de octubre entrará en vigor el Acuerdo del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social,que modifica de forma temporal las reglas de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida como Modalidad 40.

Dicho acuerdo, aprobado en sesión extraordinaria del 10 de octubre, ordena un análisis financiero y actuarial de esta modalidad y, mientras se realiza, establece restricciones que cambian de fondo la planeación de retiro de miles de trabajadores, sobre todo de quienes están bajo la Ley de 1973 y buscaban incrementar su salario en los últimos años de cotización.

El cambio más relevante está en el salario con el que una persona podrá inscribirse. Hasta ahora, la Ley del Seguro Social permitía a un trabajador que causaba baja afiliarse a la Modalidad 40 con su último salario o con uno superior, hasta un límite de 25 Unidades de Medida y Actualización. Con la nueva disposición, esa posibilidad queda prácticamente eliminada. Quienes terminen su periodo contratado o soliciten una nueva incorporación solo podrán hacerlo con el mismo salario que tenían al salir del régimen obligatorio o, como máximo, con ese salario más una UMA diaria, que en 2026 equivale a poco más de 113 pesos. En ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo general.

En términos prácticos, esto significa que una persona que concluyó su relación laboral con 400 pesos diarios de salario, antes podía elegir cotizar en Modalidad 40 con un monto cercano a los 2 mil 800 pesos diarios para elevar el promedio de las últimas 250 semanas, que es la base para calcular la pensión de la Ley 73. Ahora solo podría hacerlo con alrededor de 513 pesos diarios. La diferencia reduce de manera considerable el monto de la pensión esperada.

El acuerdo también elimina el pago retroactivo para nuevos aseguramientos. A partir de su entrada en vigor, la inscripción solo surtirá efectos desde la fecha de la solicitud, por lo que ya no será posible recuperar meses anteriores pagando las cuotas correspondientes. Con ello, el IMSS busca que los interesados presenten su trámite sin demora y cierra la puerta a estrategias que contemplaban regularizar periodos pasados.

Otro punto importante es que las personas que ya están inscritas conservarán sus condiciones hasta que concluya el periodo que tienen contratado. El propio acuerdo establece que las semanas y los salarios ya pagados se reconocen plenamente y tendrán efectos para la pensión futura. Sin embargo, una vez que ese periodo termine, cualquier renovación o nueva solicitud quedará sujeta a las nuevas limitaciones.

El documento además impide que una persona esté inscrita al mismo tiempo como trabajador independiente, que es la modalidad que da acceso al servicio médico, y en la continuación voluntaria, que solo sirve para conservar derechos pensionarios. También ordena que la inscripción se realice exclusivamente por medios digitales una vez que se habiliten las plataformas, dejando atrás el trámite presencial.

Más allá de las restricciones inmediatas, el acuerdo revela la preocupación del Instituto por la sostenibilidad de la Modalidad 40. Instruye a su Dirección de Finanzas a concluir en un plazo máximo de seis meses, es decir, a más tardar el 10 de abril de 2027, un estudio sobre sus efectos financieros. A partir de ese informe, la Dirección Jurídica tendrá otros seis meses, hasta el 10 de octubre de 2027, para proponer cambios normativos de mayor alcance. Esto sugiere que las medidas actuales son solo el inicio de una reforma más profunda.

Queda también un tema legal de fondo que no puede ignorarse. 

El artículo 218 de la Ley del Seguro Social reconoce expresamente el derecho a cotizar con un salario superior al último registrado, mientras que un acuerdo administrativo del Consejo Técnico lo limita a una UMA adicional. Esa contradicción entre una ley y un acuerdo plantea dudas sobre su validez y abre la puerta a posibles medios de defensa para quienes reciban una negativa de inscripción con un salario mayor.

Para quienes están próximos al retiro, la recomendación es revisar con precisión la fecha de baja, el último salario registrado, las semanas reconocidas y la vigencia de su aseguramiento, porque de esos datos dependerá si su proyecto de pensión se mantiene o debe recalcularse bajo las nuevas reglas.

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